ACONTECIMIENTOS OCURRIDOS EN CUALQUIER MUNICIPIO ESPAÑOL
Gestionamos ante los distintos Registros españoles la obtención de sus partidas de NACIMIENTO, MATRIMONIO o DEFUNCIÓN con la seguridad de que lo está realizando una Gestoría Administrativa colegiada en el Colegio de Gestores de Madrid. A su vez gestionamos ante el Registro Civil de Madrid (capital), Boadilla, Majadahonda o Las Rozas la obtención de sus certificados de NACIMIENTO, MATRIMONIO o DEFUNCIÓN con la seguridad y eficacia de que lo recibirá en el plazo mínimo. Como sabe, el volumen de trabajo de estos Registros cada vez es mayor, pero puede evitar perder el día para la obtención de los presentes documentos y deje que nosotros hagamos las “colas” por usted. Son necesarios para cualquier trámite sucesorio, nacinalidad por la Ley de Memoria Historica, etc.
¿Cuánto tarda la tramitación?
Los plazos de tramitación serán los siguientes:
El Registro de Madrid (capital)
Si está digitalizado nuestra Gestoría se lo puede obtener, incluso en el momento.
Si no está digitalizado el plazo para su obtención es de 4 días hábiles.
También podemos tramitar el Duplicado de su Libro de Familia. Si su matrimonio se celebró en Madrid necesitamos que nos remita autorización por carta conforme al siguiente documento
El Registro de Boadilla, Majadahonda, Las Rozas
El plazo para su obtención es de 2 días.
Distintos Registros Civiles Españoles
El plazo para su obtención es de 15 días (aproximadamente, hay Registros muy complicados).
¿Cuánto me cuesta?
- Tramitación urgente y envío por correo certificado 23,70 euros. (todo incluido)
Para envíos fuera de España rogamos contacte con nosotros.
Para un volumen elevado de documentos póngase en contacto directamente con la Gestoría
Para cualquier cuestión no dude en ponerse en contacto con nosotros
Pasos a seguir por teléfono
1. Llamar al 91 638 96 99 o al 91 638 95 99 para indicarnos los datos del documento a solicitar. (Nombre, apellidos, fecha, lugar y datos de inscripción (tomo y página) En ese mismo momento preparamos la solicitud del documento.
2. Al día siguiente solicitamos el documento ante el Registro.
3. Recogemos el documento el día que el Registro nos indicó.
4. Recibirá su documento al día siguiente de la recogida (si escoge mensajería) en su domicilio y pagará la gestión en ese mismo momento
Debe tener en cuenta que el Registro Civil Español fue creado en el año 1871 y por tanto nacimientos anteriores no podrán acreditarse por ninguno de estos Registros. La forma de acreditar el parentesco será a través de las Partidas de Bautismo, que expedirán las Parroquias correspondientes.
A lo largo de la historia ha exisitido determinados sucesos por los que archivos históricos desparecieron (por incendios, etc) por lo que en ocasiones no se puede acreditar con una partida de nacimiento / bautismo el nacimiento de una persona.
Para cualquier cuestión un dude en ponerse en contacto con nosotros